viernes, mayo 15, 2009

AMENAZAS PENALES A LOS VECINOS

LA FABRICA “L. T.......” (APARENTEMENTE PROPIEDAD DEL DUEÑO DEL SUPERMERCADO AL FRENTE DE LA MISMA) BUSCA INTIMIDAR A LOS VECINOS CON AMENAZAS DE QUERELLARLOS PENALMENTE, DEBIDO AL JUSTO RECLAMO DE ELLOS POR TODO TIPO DE INFRACCIONES, ABUSOS Y CONTRAVENCIONES A LA NORMATIVA VIGENTE, QUE COMETE DICHA FABRICA ENTRE ELLOS LA POSIBILIDAD DE CONTAMINACIÓN AMBIENTAL Y/O AL CODIGO ALIMENTARIO NACIONAL. (A continuación transcripción de Carta Documento -los datos personales han sido apartados- ).
Me dirijo a usted en mi carácter de apoderado de L. T....... S.R.L., con relación a panfleto que distribuyera los días 4, 5, 6 y 7 de mayo justamente con el Sr. J A, por el cual usted afirmó públicamente y con una amplia difusión lo siguiente: “Sr. Vecino: Si no le gusta el olor nauseabundo que se siente por los alrededores sepa que sale de la Nueva Fábrica de Empanadas y Pizzas (no a la vista) “L. T.......”, Av. San Martín. Quéjese en Bromatología de la MVL de 8 a 13hs. Al Te: 4513-9865 o 4794-4427. Ya hay denuncias escritas presentadas. Su queja ayuda. Muchas Gracias, LFP – JA – ”.
Al respecto, y toda vez que las manifestaciones vertidas en el mencionado libelo, constituyen afirmaciones de evidente carácter difamatorio, que afectan no solo el prestigio y buen nombre de mi representada, sino que también constituyen una injuria grave hacia sus propietarios, lo intimamos a que en el plazo de 24 horas de recibida la presente se retracte públicamente de las falsas imputaciones vertidas en el panfleto, bajo apercibimiento de hacerlo responsable de los daños y perjuicios que su conducta nos ocasione. Asimismo, y para el caso que usted no cumpla con la intimación cursada, le informamos que nuestros abogados penalistas están analizando los términos del panfleto, ya que vuestra conducta podría tipificarse en el delito previsto por el art. 110 del código Penal, por lo que en el caso iniciaremos las querellas penales correspondientes.
Por otra parte, lo intimamos a que se abstenga a continuar obstruyendo el trabajo que se desarrolla en la fábrica de mi representada sita en Av. San Martín de Vicente López, Provincia de Buenos Aires, mediante la radicación de falsas denuncias ante las autoridades municipales, y a que cese con su actitud persecutoria y violatoria de la propiedad de mi representada mediante el ingreso y toma de fotografías hacia el interior de la propiedad de La Tortería desde el frente y a través de la medianera lindera con su propiedad.
Todo esto bajo apercibimiento de demandarlo por los daños y perjuicios que vuestra conducta nos ocasiona, y de realizar la denuncias penales que pudiera corresponder.
Finalmente, lo hacemos responsable por la pérdida de la fuente laboral de los empleados de mi representada, toda vez que vuestra conducta ilegítima podría afectar seriamente el normal funcionamiento de la empresa.
Queda usted debidamente notificado e intimado. GM 13-05-09

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